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Resumen de Noticias

El fiscal pidió prisión preventiva sobre la base de nuevas pruebas en su contra
Ex novio de Serena Rodríguez afronta prisión perpetua tras hallazgo de su ADN
Lucas Leal Arévalos, afronta cargos por homicidio calificado por ensañamiento y femicidio

Bogotá D.C., junio 17 de 2014. Sala de Redacción. El Fiscal de Moreno Dr. Patricio Federico Luppi, pidió ante la jueza de Garantías 3 de Moreno, Celina Ardohain, la prisión preventiva para Lucas Leal Arévalos, (18), principal sospechoso del crimen de la adolescente Serena Denise Rodríguez, de 15 años, ocurrido el pasado lunes 23 de junio de 2014 en la localidad bonaerense de Villa Trujuy, partido de Moreno. El fiscal a cargo del caso fundamentó la petición en las diversas pruebas recopiladas a lo largo de la investigación y que incluyen sangre de Lucas Leal Arévalos, en el arma homicida, una navaja tipo sevillana con la que le habría propinado 49 puñaladas a la jovencita y que sus zapatillas tienen trazas de la misma tierra de la escena del crimen.

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En la navaja con la que apuñalaron en 49 oportunidades en tórax y espalda, y degollaron a Serena Rodríguez, los peritos encontraron dos perfiles genéticos y, de acuerdo a los cotejos de ADN realizados con esas muestras de sangre, uno de los patrones genéticos es femenino y se corresponde con el de la víctima y el otro, es masculino y coincide con el de Lucas Leal Arévalos. (Foto Facebook)

La presencia de sangre en la navaja con la que dieron muerte a Serena Denise Rodríguez, y que pertenecería a Lucas Leal Arévalos, se explica en que este se cortó a sí mismo en sus manos al apuñalar a la bella jovencita, pero los peritos de la División de Genética, del Hospital de Clínicas “José de San Martín”, también lograron establecer que la sangre hallada en las zapatillas y en un jean y un suéter que fueron secuestrados en el lavarropas de la casa de Lucas Leal Arévalos, único imputado, pertenecía a la adolescente.

La navaja fue encontrada cerca al cadáver de Serena, y la actual pareja de Lucas Leal Arévalos, y madre de su pequeño hijito, la identificó como la que ella misma compró por 50 pesos y se la dio como un obsequio.

Además del ADN y los rastros de tierra, contra Lucas Leal Arévalos, se esgrimen como prueba de su responsabilidad en el crimen de Serena, los mensajes que este le envió a la infortunada jovencita:

“Estoy triste, sólo ella sabe por qué, pensé que era importante para ella y que me quería, pero me mintió de nuevo”, y, “todavía sigo pensando en vos Sere”, “Sé que mirás mi muro, así que mirá esto: Te amo mi amor”.

También se incorporó a la causa un video de 15 minutos grabado por la propia Serena Rodríguez, donde esta le recriminaba a su ex novio: "Vos me celás mucho, así no se puede".

También se supo que el abogado de Lucas Arévalos, renunció, por lo que su defensa corresponde al defensor oficial Héctor Baltar.



Serena Denise Rodriguez, era Caminante del Grupo Scout “Gral. Gregorio A. de Lamadrid”, quienes expresaron en Internet su pesar por la atroz muerte de la bella jovencita. (Fotos Fecebook)

En la Argentina, durante 2012, se registraron 255 femicidios, para enero de 2013, el número de mujeres asesinadas fue casi de una por día, generalmente con sevicia, saña y excesiva crueldad.

Tan terrible contexto hizo que la ley 26.791, promulgada el 11 de noviembre de 2012, modificará el artículo 80 del Código Penal argentino en cuanto a los homicidios agravados, quedando así: "Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicar lo dispuesto en el Artículo 52, al que matare:

1) a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.

(…)

4) Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.

(…)

11) A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género.

12) Con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene una relación en los términos del art. 1º.

Cuando en el caso del inciso 1º de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho a veinticinco años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima”.

Con información de: https://www.clarin.com/, https://www.eldia.com.ar/, https://www.elintransigente.com/, https://www.diariopopular.com.ar/, https://tn.com.ar/, https://www.diarioveloz.com/, https://www.clarin.com/, https://www.scouts.org.ar/, https://www.hospitaldeclinicas.uba.ar/, https://jubilacionexitosa.joseluiscavalieri.com/, https://leyes-ar.com/, Wikipedia.

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